Denuncia Vía Administrativa
PERSONA CONSEJERA
De acuerdo con el artículo 16 del Protocolo:
- Canaliza si se requiere apoyo médico, psicológico u otro
- Brinda orientación, asesoría y acompañamiento en la narrativa de hechos
- No es una representación legal
- Turna las denuncias al CEPCI y/o OIC en máximo 3 días
COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS (CEPCI SS)
De acuerdo con el artículo 28 del Protocolo::
- Recibe denuncias directas o anónimas
- Asesora sobre las opciones de atención
- Emite opiniones, recomendaciones y medidas de protección
- Podrá remitir la denuncia a la autoridad investigadora (OIC)
ÓRGANO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE SALUD (OIC)
- De acuerdo con las secciones II y V del Protocolo: Investiga y analiza el caso con enfoque de derechos humanos y de género
- Previa consulta con la persona denunciante, emite medidas de protección
- Finca responsabilidades y en su caso las sanciones respectivas