Con la concurrencia de la Secretaría de Salud definieron un marco jurídico específico para la regulación de estas instituciones.
El 27 de diciembre de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se delega al titular de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud (DGCES), las facultades como autoridad sanitaria, mismas que se deben realizar con sujeción a lo dispuesto por la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y las Reglas para la Operación del Ramo de Salud.
Las Instituciones de Seguros Autorizadas para Operar el Ramo de Salud son instituciones autorizadas para practicar en seguros la operación de accidentes y enfermedades en el Ramo de Salud, facultándolas a la venta de seguros privados o voluntarios que tengan como objeto prestar servicios dirigidos a prevenir o restaurar la salud del asegurado en forma directa con recursos propios, mediante terceros o la combinación de ambos, a través de acciones que se realicen en su beneficio.